ABOGADOS MÉXICO
¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.

Algún colega de litigio en Michoacán?

Ir abajo

Algún colega de litigio en Michoacán? Empty Algún colega de litigio en Michoacán?

Mensaje  Enrique Pliego Miér Nov 21, 2012 4:05 pm

Buenas tardes señores Abogados, mi nombre es Enrique Pliego y les escribo desde la ciudad capital de Aguascalientes, lugar en donde desempeño mi actividad como litigante desde el año 1992, aproximadamente.

Es el caso que uno de mis clientes me contrato para tramitar la sucesión testamentaria a bienes de su difunta madre que falleció en Morelia y cuyos bienes de la masa hereditaria se encuentran precisamente allá.
Así pues, me puse a estudiar los Códigos Civiles de Michoacán y elaboré la demanda, misma que presente en la oficialía de partes del poder judicial en Morelia en dá 6 de noviembre del presente año, así mismo registré mi cédula profesional en todos los Juzgados Civiles y familiares de Morelía.

Posteriormente, el día 14 del presente mes y año al consultar la lista de acuerdos vía internet, me enteré que por razón de turno le correspondió conocer del asunto al Juzgado Primero Civil de Morelia y que se habia dictado un acuerdo en donde se requería a mi cliente en los siguientes términos:

"Dígase a xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx que previo a tenerlo radicando la sucesión que denuncia, se le manda requerir mediante NOTIFICACION PERSONAL, en el domicilio que al efecto señala, para que dentro del término de 3 tres días presente ante este Tribunal persona con título de Licenciado en Derecho que autorice su escrito."

de los cual me surgen las siguientes dudas:

1. ¿Si mi cédula profesional ya se encuentra registrada ante el Juzgado Primero Civil, es necesario, en cumplimiento con el requerimiento, presentar promoción acompañando copia certificada de mi titulo profesional?
2. ¿ O en su caso, debo promover manifestando que mi cédula profesional se haya inscrita en el libro de registro correspondiente desde el día 6 de noviembre del presente año?
3. ¿ Que debo entender ó cual es la interpretación del vocablo " persona con título de Licenciado en Derecho que autorice su escrito"?

En Aguascalientes únicamente registras tu cédula profesional ante el Supremo Tribunal de Justicia en el estado y cuando se promueve alguna demanda ó contestación en que te autoricen como abogado patrono ya no es necesario acompañar cédula profesional ó titulo de licenciado en derecho para que puedas ejecutar todos los actos tendientes al impulso procesal.

Les comento que en el escrito de denuncia de la testamentaria fui autorizado por el promovente en los términos del los artículos 110 y 111 del Código de Procedimientos Civiles de Michoacán, por lo que me encuentro confundido con el requerimiento en cuestión, específicamente con la parte que dice: " persona con título de Licenciado en Derecho que autorice su escrito".

Compañeros, mucho agradeceré que me ayuden a despejar estas dudas, es la primera vez que litigo un asunto en Michoacán, y específicamente en Morelia, que por cierto me parece una ciudad Bellisima.

Saludos!

Atte.

Enrique Pliego.

Enrique Pliego

Mensajes : 1
Fecha de inscripción : 21/11/2012

Volver arriba Ir abajo

Volver arriba

- Temas similares

 
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.